Usted se está planteando adquirir una nueva máquina para su empresa, pero al solicitar financiación al banco, este le pone trabas. En cambio, le ofrece la posibilidad de contratar un ‘renting’. ¿Le interesa contratarlo?
¿En qué consiste un ‘renting’?
Maquinaria. En el banco le han informado de que la nueva máquina también puede ser financiada mediante un contrato de renting (usted pensaba que esta forma de financiación sólo se utilizaba para vehículos), por lo que, en principio, le interesa analizar esta opción. Apunte. El renting equivale a un alquiler. En este sentido, su empresa podrá utilizar la máquina durante el plazo de duración del contrato, a cambio de una cuota que ya incluye el mantenimiento y el seguro, sin necesidad de pactar una opción de compra al vencimiento.
Ventajas. Vea algunas ventajas que obtendrá con esta forma de financiación:
- En algunos casos, el renting no se computa como una deuda en la contabilidad de la empresa, sino que se contabiliza directamente la cuota de alquiler como gasto mensual, y nada más. Apunte. De esta forma, sus cuentas anuales reflejarán un endeudamiento más bajo.
- Además, el renting no limitará sus posibilidades de financiarse en el futuro, pues, al tratarse de un alquiler, los bancos no lo computan como riesgo a efectos de la información que facilitan a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (la llamada CIRBE).
¿Y el coste? Por otro lado, al hacer números con el director de su oficina bancaria, usted ha visto que esta forma de financiación no resulta mucho más cara que un préstamo normal. Apunte. Así pues, para una máquina valorada en 20.000 euros (sin IVA), los costes serán los siguientes:
- Opción 1. Un renting a tres años supondrá una cuota mensual aproximada de 660 euros.
- Opción 2. Si solicita un préstamo de 20.000 euros a ese mismo plazo y al 8% de interés, la cuota mensual será de 627 euros. ¡Atención! Sin embargo, deberá asumir los costes anuales de mantenimiento (que en el renting son asumidos por la empresa arrendadora).
Concepto | ‘Renting’ | Préstamo |
Total cuotas en tres años | 23.760 | 22.572 |
Diferencia | 1.188 | |
Analice todos los detalles
Cautelas. No obstante, aunque el renting le parezca una alternativa interesante, no lo analice sólo por la cuota mensual a satisfacer. ¡Atención! En este sentido, considere también el tipo de máquina que se pretende financiar, así como el tiempo durante el cual la va a utilizar en su empresa:
- Adquisición. En el renting, usted decidirá la máquina, modelo y proveedor (aunque, en general, le obligarán a adquirirla al fabricante o a un distribuidor oficial).
- Tipo de máquina. Si la máquina es específica para su actividad («a medida»), quizá tenga más dificultades en la formalización del renting, o tal vez le salga algo más caro, ya que la empresa arrendadora calculará las cuotas de forma que al final del contrato haya recuperado todo el coste del bien, ante la dificultad de «colocarlo» en el mercado de segunda mano.
- Vida útil. Piense también que al final del contrato la máquina no será suya (mientras que con un préstamo sí lo será, por lo que usted podrá seguir utilizándola o incluso venderla y recuperar parte de su valor). El renting ofrecido por los bancos, por lo tanto, será interesante cuando las máquinas deban renovarse con rapidez, pero no en los casos en los que éstas tengan una vida útil prolongada.
El coste del ‘renting’ es equiparable al de un préstamo, por lo que es una alternativa interesante para financiarse. No obstante, si usted no tiene prevista la renovación de los bienes a la finalización del contrato, esta alternativa no será tan atractiva.