Con efectos del 01 de octubre de 2018 entrará en vigor la Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo de 2018. Esta orden introduce la obligación de los trabajadores autónomos de gestionar por vía electrónica sus trámites de afiliación, cotización y recaudación, así como la recepción de las notificaciones de los actos administrativos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Los autónomos están recibiendo esta información de manera progresiva, con comunicaciones por parte de la Seguridad Social mediante diversas vías: correo electrónico, SMS o carta. La Seguridad Social facilitará dos canales para el cumplimiento de dicha obligación:
- Autogestión de las notificaciones de la Seguridad Social por parte del autónomo. Para ello, el autónomo deberá facilitar a la Administración sus datos de contacto, teléfono móvil y correo electrónico, que serán usados para dirigirle comunicaciones de interés y enviar avisos (disposición de notificaciones como impagos de cuotas, embargos, etc). Una vez recibido el aviso, el autónomo, deberá descargarse la notificación por vía telemática, valiéndose para ello del certificado digital de la FNMT, DNI electrónico o sistema Cl@ve.
- Nombrar a un autorizado que actuará en su representación. En Confialia, conscientes de los avances de las nuevas tecnologías en la Administración Pública, y previendo el camino que seguirán el resto de Administraciones Públicas, queremos ofrecerle un nuevo servicio de acceso a dichas notificaciones que las diferentes Administraciones Públicas habilitarán en su buzón virtual correspondiente.
Con este producto puede estar tranquilo, ya que Confialia le ayudará a gestionar no solo sus comunicaciones con la Tesorería General de La Seguridad Social, también con otras Administraciones Públicas, como:
- La Agencia Tributaria (AEAT)
- La Dirección General de Tráfico (DGT)
- El Ministerio de Justicia
- Y cada vez más Ayuntamientos y Comunidades Autónomas
Recuerde que las personas jurídicas ya tienen la obligatoriedad de estar en el sistema de notificaciones telemáticas, por lo que si no dispone de este servicio para su empresa, ni para su autónomo, pero está interesado en contratarlo, póngase en contacto con su asesor de Confialia y le informará de esta nueva obligación.
Desde Confialia queremos que usted sólo se preocupe de las cosas importantes: ¡su Empresa y su Tiempo Libre!