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El 28 de mayo se publica el RDL 11/2021 por el que se prorroga hasta el 30 de Septiembre y que entre otras disposiciones aprueba

exoneraciones de 125 euros mensuales durante cuatro años en las cuotas de la Seguridad Social para empresas que contraten a personas con capacidades intelectuales limitadas. Ellos también lo pasan mal.

  • ERTE por impedimento y por limitación:
    • Se mantienen casi sin cambios con prorroga hasta el 30 de Septiembre.
    • Se podrá seguir accediendo al Paro sin tener el mínimo cotizado.
    • Para ERTE de fuerza mayor y de causas organizativas, económicas, técnicas y de producción, los descuentos sí cambian:
      • A partir del 1 de junio, se mantiene tres meses las bonificaciones existentes hasta ahora del 85 y 70%, pero pasan a ser del 70 y del 60% en septiembre y sólo para los trabajadores en ERTE. El decreto ley mejora las exoneraciones de los trabajadores reincorporados, que serán del 95% en empresas pequeñas (menos de 50 trabajadores) y del 85% en grandes  (más de 50 trabajadores) durante todo el periodo.
  • Ayudas a fijos-discontinuos
    • Si no es posible llamarlos a trabajar cuando les corresponde, deben incorporarlos al ERTE. En el resto de casos, como por ejemplo si el llamamiento no estaba previsto entre junio y septiembre, mantiene los subsidios como hasta ahora.
    • Prorroga de la paralización del tiempo en los contratos temporales en ERTE, que volverán a computar una vez se reincorporen a sus puestos.
    • Se mantiene la prestación especial para artistas, técnicos de este ámbito y toreros con prorroga hasta el 30 de Septiembre
  • Ayudas para autónomos
    • Por cese de actividad ordinario compatible con la actividad. Además de los requisitos habituales:
      • Que la facturación del 2º y 3er trimestre de 2021 baje un 50% con respecto al mismo periodo de 2019 y que su rendimiento neto  en esta primera mitad del año no supere los 7.980,00 €.
    • Quienes hayan recibido prestaciones hasta el 31 de mayo por cese ordinario compatible con la actividad o bajos ingresos, aunque dejen de percibirlas, tendrán exoneraciones en sus cuotas a la Seguridad Social durante el verano:
      • del 90% en junio
      • del 75% en julio
      • del 50% en agosto
      • del 25% en septiembre.
    • Por bajos ingresos.
    • Por suspensión de actividad por las medidas sanitarias.
    • Para trabajadores de temporada.
    • Se modifica el tiempo por el que un trabajador será considerado “de temporada” ajustando el calendario a la prórroga. Así, podrán acogerse a esta ayuda quienes entre 2018 y 2019 trabajaran como autónomos entre cuatro y siete meses cada año (hasta ahora era entre cuatro y dos), y dos de ellos mínimo entre junio y septiembre, y que durante esos dos años no hayan trabajado por cuenta ajena más de 120 días, ni trabajen más de 60 en el segundo y tercer trimestre de 2021. Además, Sus ingresos del segundo y tercer trimestre de 2021 no pueden superar los 6.650 euros.
  • Plan Mecuida.
    • También prorroga hasta el 30 de Septiembre

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